Dictamen CGR

Dictamen N° 1797/2010

2010-01-13 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Sobre pago de la asignación de estímulo por competencias profesionales, a profesional funcionario por su desempeño en la Unidad de Anestesia y Pabellón del Hospital Dr. Sótero del Río, entre mayo de 2006 y junio de 2009

N° 1.797 Fecha: 13-I-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Loreto Andrea Bahamondes Fuentes, médico anestesiólogo, con desempeño en el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, para solicitar el pago de la asignación de estímulo por competencias profesionales, por su desempeño en la Unidad de Anestesia y Pabellón del Hospital Dr. Sótero del Río, entre mayo de 2006 y junio de 2009. Requerido su informe, el aludido Servicio de Salud ha manifestado, en síntesis, que se reconoció el beneficio invocado por la recurrente en el mes de mayo de 2009, ya que éste sólo fue solicitado en esa data, por lo que a contar de ella y con 6 meses retroactivos se le pagó la referida asignación. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 28, letra b), de la ley N° 19.664, previene que la asignación de estímulo es una remuneración transitoria que podrá otorgarse por las horas de la jornada semanal que los profesionales funcionarios desempeñen en actividades, lugares o condiciones especiales o por las competencias profesionales exigidas para determinados puestos de trabajo que el Servicio de Salud correspondiente requiera incentivar para cumplir los planes y programas de salud . Por su parte, el artículo 5°, letra b), del decreto N° 847, de 2001, del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento para la concesión de la asignación de estimulo establecida en la ley N° 19.664, dispone, en lo que interesa, que el señalado beneficio podrá concederse por “competencias profesionales", para lo cual los Directores de los Servicios de Salud, mediante un acto administrativo, reconocerán los puestos de trabajo que sea necesario estimular en razón de la formación, capacitación, especialización o competencia que demande su desempeño y fijará los porcentajes, con sujeción a la disponibilidad de recursos. Ahora bien, consta de los antecedentes que la recurrente comenzó a desempeñarse en el Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río en la especialidad de Anestesiología -que le permitiría requerir la asignación reclamada-, desde el año 2006, sin embargo como reconoce el Servicio de Salud en su oficio N° 1.578, de 2009, su petición sólo fue presentada a través de su Jefe Director en mayo de 2009, por lo que tal beneficio se le pagó desde esa data y con un efecto retroactivo de 6 meses, considerando lo dispuesto en el artículo 99 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, por lo que la situación reclamada se encuentra regularizada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República