Dictamen N° 18036/2019
N° 18.036 Fecha: 04-VII-2019 Esta Contraloría General ha dado curso al decreto del epígrafe, por medio del cual se aprueba el contrato de licenciamiento y asesoría técnica suscrito vía trato directo entre la Subsecretaría de Prevención del Delito y la empresa MST Group, LLC, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con señalar que de los antecedentes tenidos a la vista se advierte que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, aludida en la cláusula octava del mismo, fue otorgada con posterioridad a la fecha de suscripción de dicho acuerdo de voluntades. Al respecto, y según lo previsto en el artículo 71 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, es necesario que en lo sucesivo esa entidad requiera esa caución a más tardar en la fecha de firma del convenio (aplica oficios N°s. 12.145, de 2016, y 16.546, de 2018). Además, ese ministerio deberá verificar que la aludida empresa no se encuentra inhabilitada para contratar con la Administración por haber sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973 (aplica oficio N° 16.156, de 2019). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República