Dictamen N° 181464/2022
Nº E181464 Fecha: 02-II-2022 I. Antecedentes Carabineros de Chile se ha dirigido a esta Contraloría General informando respecto del crédito 4891/OC - OH “Programa de Fortalecimiento de la Gestión Estratégica de Seguridad Pública en Chile” financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, y solicitando la validación de un procedimiento para el reconocimiento del ingreso, la utilización de los fondos y la compensación de cuentas según la rendición mensual. II. Fundamento normativo Al respecto, corresponde indicar que las leyes de presupuestos de los años 2021 y 2022, en lo que concierne al programa 01, de la Subsecretaría del Interior, han dispuesto en sus glosas Nos 14 y 13, respectivamente, que las transferencias de los recursos provenientes del mencionado crédito, que se realicen a organismos e instituciones del Sector Público, no se incorporarán a sus presupuestos. A su vez, conforme al oficio circular N° 23, de 2021, de la Dirección de Presupuestos -que Instruye respecto del Sistema de Pago Centralizado- la contabilización de los prestamos BID, se ajusta, en general, al procedimiento general de registro contable en cuanto al endeudamiento, utilización de los fondos y pago de los mismos, incorporando solamente el concepto de intermediación de fondos para el registro de las transferencias entre el organismo ejecutor y los respectivos subejecutores de cada Programa. Por su parte, el oficio CGR N° 96.016, de 2015, Procedimientos Contables para el Sector Público NICSP – CGR Chile, establece en los procedimientos C-01 y C-03 las contabilizaciones asociadas a la entrega y recepción de fondos que no se incorporan al presupuesto del organismo receptor, mientras que el procedimiento K-02 establece la contabilización de créditos obtenidos desde el extranjero, todos en un contexto previo a la aplicación del Sistema de Pago Centralizado. III. Análisis y conclusión Sobre la materia, cabe precisar que, para el caso en consulta, el organismo ejecutor del Programa corresponde a la Subsecretaría del Interior, en tanto que, entre los organismos subejecutores se encuentra Carabineros de Chile. Adicionalmente, se hace presente que los recursos del mencionado crédito se encuentran depositados en el Banco Central de Chile, en dólares, no recibiendo ni la Subsecretaría del Interior ni Carabineros de Chile los fondos provenientes del citado Programa, ya que los compromisos que ambas entidades adquieran serán pagados por el Tesoro Público de acuerdo con el Sistema de Pago Centralizado, a excepción de los recursos destinados al pago de honorarios. Precisado lo anterior, cabe indicar que se ha estimado pertinente instruir en el presente oficio tanto las contabilizaciones que debe realizar una entidad subejecutora, como lo es Carabineros de Chile, como de la entidad ejecutora, correspondiente a la Subsecretaría del Interior. De esta manera entonces, corresponde indicar que se deben adaptar los procedimientos C-01, C-03 y K-02 señalados, reemplazando el uso de las cuentas 11102 Bando Estado o 11103 Bancos del Sistema Financiero, por la cuenta 11903 Percepciones y Pagos en el Procesos de Pago Centralizado, como se señala en anexos, con lo que se valida la propuesta de la entidad recurrente en cuanto a sus contabilizaciones. En seguida, es necesario puntualizar que, dado que los recursos corresponden a dólares, las instituciones involucradas deben aplicar el procedimiento A-04 Regularización Mensual de Disponibilidades, Anticipos de Fondos y Depósitos de Terceros Reconocidos en Moneda Nacional y Representativos de Derechos y Obligaciones en Monedas Extranjeras, contenido en el mencionado oficio CGR 96.016, de 2015. Finalmente, se cumple con señalar que, en la eventualidad de que una entidad mantenga un saldo en la cuenta 11903 al término de un ejercicio derivado de este proceso, dicho monto se deberá traspasar, transitoriamente a la cuenta 11403 y devolverse luego a la cuenta 11903 al inicio del año siguiente, con el propósito de mantener un adecuado registro de las disponibilidades financieras. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General MARÍA SOLEDAD FRINDT RADA Jefa de División de Contabilidad y Finanzas Públicas ANEXO A MATERIA: OBTENCIÓN DE CRÉDITO EXTERNO POR PARTE DE ENTIDAD EJECUTORA, SUJETO AL SISTEMA DE PAGO CENTRALIZADO CONTABILIZACIÓN DEBE HABER MOVIMIENTOS FINANCIEROS Devengamiento de derechos financieros – Derecho a percibir recursos en moneda extranjera. 11514 Cuentas por Cobrar - Endeudamiento 23210 Empréstitos de Organismos Internacionales a Largo Plazo Percepción de derechos financieros – Registro de la disponibilidad de fondos. 11903 Percepciones y Pagos en el Proceso de Pago Centralizado 11514 Cuentas por Cobrar - Endeudamiento XXX XXX XXX XXX NOTAS EXPLICATIVAS - En lo concerniente a la contabilización de los siguientes hechos económicos asociados al crédito externo, se debe aplicar lo dispuesto en el procedimiento K – 02, reemplazando el uso de las cuentas de banco, por la cuenta 11903 cuando corresponda. ANEXO B MATERIA: ANTICIPOS DE FONDOS POR TRANSFERENCIAS OTORGADAS POR LA ENTIDAD EJECUTORA DEL PRESTAMOS A SERVICIOS Y ENTIDADES PÚBLICAS, QUE NO SE INCORPORAN AL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO RECEPTOR, SUJETOS AL SISTEMA DE PAGO CENTRALIZADO. CONTABILIZACIÓN DEBE HABER MOVIMIENTOS FINANCIEROS Entrega de disponibilidad – Entrega de disponibilidad de recursos asimilados a anticipo de fondos. 11403 Anticipos a Rendir Cuenta 11903 Percepciones y Pagos en el Proceso de Pago Centralizado Recepción y aprobación de la rendición de cuenta – Devengamiento de las obligaciones financieras según informe mensual de la inversión. 54103 Transferencias Corrientes a Otras Entidades Públicas. 21524 Cuentas por Pagar – Transferencias Corrientes – Pago de las obligaciones mediante compensación con el anticipo. 21524 Cuentas por Pagar – Transferencias Corrientes 11403 Anticipos a Rendir Cuenta XXX XXX XXX XXX XXX XXX NOTAS EXPLICATIVAS - El presente procedimiento está dirigido a los servicios o entidades públicas para cumplir determinadas finalidades y que por disposición legal o instrucciones de la Contraloría General no se incorporan al presupuesto de la entidad receptora. - Para las cuentas que correspondan, se debe aplicar el procedimiento A-04 Regularización Mensual de Disponibilidades, Anticipos de Fondos y Depósitos de Terceros Reconocidos en Moneda Nacional y Representativos de Derechos y Obligaciones en Monedas Extranjeras. ANEXO C MATERIA: FONDOS EN ADMINISTRACIÓN RECIBIDOS POR ENTIDADES PÚBLICAS, SUBEJECUTORAS DEL PRESTAMOS, QUE NO LOS INCORPORAN A SU PRESUPUESTO, SUJETOS AL SISTEMA DE PAGO CENTRALIZADO CONTABILIZACIÓN DEBE HABER MOVIMIENTOS FINANCIEROS Recepción de disponibilidad – Constitución de la deuda corriente asimilada a fondos de terceros recibidos en administración. 11903 Percepciones y Pagos en el Proceso de Pago Centralizado 21405 Administración de Fondos Aplicación de Fondos – Utilización de la disponibilidad de recursos. 11405 Aplicación de Fondos en Administración 11903 Percepciones y Pagos en el Proceso de Pago Centralizado Rendición de Cuentas – Rendición de cuentas al organismo otorgante mediante un informe mensual de inversión. 21405 Administración de Fondos 11405 Aplicación de Fondos en Administración XXX XXX XXX XXX XXX XXX NOTAS EXPLICATIVAS - En el caso que se perciban recursos destinados al pago de honorarios, directamente desde el Tesoro Público, se debe reclasificar el monto correspondiente desde la cuenta 11903 a la cuenta 11102. - Para las cuentas que correspondan, se debe aplicar el procedimiento A-04 Regularización Mensual de Disponibilidades, Anticipos de Fondos y Depósitos de Terceros Reconocidos en Moneda Nacional y Representativos de Derechos y Obligaciones en Monedas Extranjeras.