Dictamen N° 18465/2017
N° 18.465 Fecha: 22-V-2017 Esta Contraloría General se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad del decreto del epígrafe, que aprueba el término anticipado por mutuo acuerdo del contrato de prestación de servicios que indica, por cuanto el mencionado acto administrativo, en atención a su materia, se encuentra exento del trámite de toma de razón, acorde con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de este Órgano de Control. Por consiguiente, se remite adjunto el mencionado documento, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el título VI de la citada resolución N° 1.600. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Graciela Lepe Uribe Subjefe División Jurídica