Dictamen N° 18579/2009
N° 18.579 Fecha: 13-IV-2009 La Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 990, de 2008, de la Dirección de Vialidad, que aprueba convenio ad referéndum por aumento de servicios del estudio de preinversión "Mejoramiento Ruta F-30-E, Sector Cementerio Concón-Rotonda Concón, Va Región", teniendo en consideración lo indicado por el Ministerio de Obras Públicas mediante el oficio N° 455, de 2009, del Ministerio de obras Públicas. Al efecto, debe recordarse que esta Contraloría General, a través del oficio N° 53.733, de 2008, devolvió sin tramitar la resolución atendido que estimó improcedente que se aprobara nuevamente el aludido aumento de servicios y se fijara un precio por ellos, por cuanto con anterioridad, y mediante la resolución N° 361, de 2008, de la Dirección de Vialidad, ya se había sancionado el mismo incremento, manteniendo el presupuesto inalterable. Ahora bien, al respecto se debe precisar que la falta de disponibilidad presupuestaria oportuna y la necesidad de dar continuidad al desarrollo del proyecto -en que se basa el Ministerio mencionado para proceder en la forma indicada- no habilitan a la Administración para actuar del modo antes descrito, por lo que, en lo sucesivo la celebración de acuerdos modificatorios de contratos por los servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas debe supeditarse a la existencia de financiamiento y consignarse expresamente en el convenio y en la resolución aprobatoria el mayor valor que demanden las modificaciones que se acuerden, y no como ocurrió en la especie respecto del convenio sancionado por resolución N° 361 de esa Dirección. En consecuencia, para evitar el enriquecimiento injustificado de la Administración y proteger el principio de equivalencia de las prestaciones, pues se trata de servicios ya prestados por la empresa consultora, esta Contraloría General entiende que el acto administrativo de la especie constituye una regularización del acuerdo ad referéndum citado, y, por tanto, se procede a tomar razón del mismo.