Dictamen CGR

Dictamen N° 18776/2015

2015-03-10 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Vigente
Sumario. Representa las resoluciones N°s 615 y 618, de 2015, del Servicio de Salud Metropolitano Oriente

N° 18.776 Fecha: 10-III-2015 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a las resoluciones del epígrafe, mediante las cuales se aprueban los convenios celebrados entre el Servicio de Salud Metropolitano Oriente y las municipalidades de Macul y Peñalolén, respectivamente, para la ejecución de un programa a través de los centros de salud mental comunitario que en cada caso se señala, por cuanto no se han remitido los antecedentes que sirven de fundamento a los mencionados actos administrativos, lo que contraviene lo dispuesto en el artículo 6°, inciso primero, de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad de Control, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. En este sentido, no se advierte el origen de los aranceles incluidos en las cláusulas séptima y octava, ni la naturaleza de los convenios que se vienen sancionando. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representan los actos administrativos del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República