Dictamen N° 18831/2017
N° 18.831 Fecha: 24-V-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, que ejecuta el acuerdo que indica del consejo directivo de la Comisión Nacional de la Iniciativa Científica Milenio, respecto al concurso 2016 de proyectos para núcleos científicos del Programa Iniciativa Científica Milenio (ICM) en investigación en ciencias naturales y exactas, por encontrarse ajustado a derecho. Sin embargo, cumple con hacer presente que la comunicación a la que se refieren los numerales 3.1.1., 3.1.2., 3.2.1. y 3.2.2. de las bases respectivas, mediante la cual se notifica por el aludido servicio a los participantes o interesados la decisión de inadmisibilidad de sus propuestas, deberá ser despachada en lo sucesivo solo una vez tramitado totalmente el acto administrativo que declara dicha inadmisibilidad. Además cumple con señalar que dicho servicio deberá arbitrar las medidas para que en el futuro conste directamente en el acto administrativo respectivo la fundamentación en base a la cual se ha dejado fuera de concurso a algún participante, y no en un instrumento separado como ha ocurrido en el caso en estudio respecto al postulante referido en el considerando 10 de la resolución del epígrafe. Por otra parte, esta Contraloría General entiende conforme a los antecedentes tenidos a la vista, que los proyectos a que se refieren los vistos N°s. 8° y 11, letra a), del documento del rubro, no resultaron adjudicados porque obtuvieron una evaluación jerárquicamente menor a la requerida para ser finalmente seleccionados, fundamentación que en lo sucesivo también deberá constar en el acto administrativo pertinente. Finalmente, cabe advertir que en el numeral 7° de las bases antes analizadas se previó que la evaluación se haría en una escala de calificaciones de 1 a 5, en cambio, del acta que se adjunta consta que las notas asignadas fluctúan entre 100 y 500, y en algunos casos con decimales. En consecuencia, esa entidad debe velar porque en los sucesivos procesos los valores con que se califique a los postulantes se ajusten a lo previsto en el pliego de condiciones. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del instrumento del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República