Dictamen N° 18845/2017
N° 18.845 Fecha: 24-V-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Juan Cerda Gómez, solicitando la reconsideración del oficio N° 16.068 de 2016, de la Sede Regional de Valparaíso, el cual -en respuesta al interesado- indicó que el oficio N° 2.594, de 2016, de la Municipalidad de Valparaíso, contiene la información requerida en relación con la situación de don Pedro Schulz Colarte, originada en un contrato de promesa de compra venta de un inmueble que existiría entre los particulares. Conferido traslado, la entidad edilicia reitera lo señalado anteriormente, en cuanto que no existen documentos que den cuenta del hecho de haberse otorgado algún beneficio habitacional en favor del señor Pedro Schulz Colarte. Agrega, que los demás asuntos expuestos por el recurrente corresponden a vínculos contractuales privados que no son de competencia de dicho municipio, por lo que solicita que se desestime la reconsideración del oficio ya individualizado. Sobre el particular, cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley Nº 10.336, la Contraloría General no puede intervenir ni informar en asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso. Pues bien, de los antecedentes tenidos a la vista, consta que la materia de que se trata reviste el carácter de litigiosa, por cuanto existe un eventual incumplimiento de un contrato de promesa de compraventa suscrito entre el peticionario, en su calidad de propietario del inmueble que indica y el señor Pedro Schulz Colarte, quien supuestamente no habría finiquitado tal compromiso por encontrarse pendiente un subsidio habitacional en su favor, tramitado -según sostiene el recurrente- en la Municipalidad de Valparaíso. En consecuencia, este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Transcríbase a la Municipalidad de Valparaíso. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República