Dictamen N° 188537/2025
N° E188537 Fecha: 06-11-2025 Esta Contraloría General no ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba formato de “bases administrativas tipo para la construcción, habilitación, normalización, reposición o remodelación de infraestructura sanitaria de mediana y baja complejidad en salud”, atendido que no resulta pertinente que cada servicio de salud elabore individualmente formatos tipo o modelos de bases con alcance general, toda vez que las funciones de articulación y desarrollo de la red asistencial del sistema son propias de la Subsecretaría de Salud, en virtud de lo previsto en el artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, y en el artículo 28 del reglamento orgánico de ese ministerio, aprobado a través de su decreto N° 136, de 2004. En el mismo sentido, cabe tener presente que de acuerdo con el artículo 16 del citado decreto con fuerza de ley N° 1, tales servicios se encuentran sometidos a la supervigilancia del Ministerio de Salud en su funcionamiento, y a cuyas políticas, normas y planes generales deben sujetarse en el ejercicio de sus actividades. Lo anterior, por cierto, sin perjuicio de la procedencia de que dichas reparticiones aprueben bases específicas para cada contratación. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República