Dictamen N° 18883/2017
N° 18.883 Fecha: 24-V-2017 Se ha dirigido a esta entidad de control la señora Lucía Isidora Alarcón Letelier, solicitando un pronunciamiento acerca de la legalidad del decreto N° 182, de 2006, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que otorgó a CGE Transmisión S.A. una concesión definitiva para establecer una línea de transporte de energía eléctrica de 66 kV, de simple circuito, denominada “Santa Elvira - Nueva Aldea”. Ello en atención a diversas consideraciones relacionadas con la constitución de una servidumbre voluntaria sobre un inmueble de su propiedad. Sobre el particular, y teniendo presente lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, cumple con manifestar que, en su oportunidad, el citado decreto -que no prevé la imposición de servidumbres legales-, luego de haber sido ingresado a la Contraloría General para su examen preventivo de juridicidad, fue tomado razón con fecha 5 de septiembre de 2006, por encontrarse ajustado a derecho, tal como se señaló también en el dictamen N° 125, de 2007, de este origen. Adicionalmente, y sin perjuicio del tiempo transcurrido desde esa data, es del caso agregar que, en general, las materias vinculadas con servidumbres voluntarias no corresponden a la competencia de este organismo fiscalizador. Siendo así, no se ha acogido la presentación formulada por la recurrente, lo cual, desde luego, es sin desmedro de los demás derechos que conforme al ordenamiento jurídico le asisten a la peticionaria para actuar en defensa de sus intereses en sede jurisdiccional. Transcríbase a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República