Dictamen CGR

Dictamen N° 18912/2016

2016-03-09 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 18.912 Fecha: 09-III-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-5566, conducida por su funcionario, señor Luis Alberto Campos Silva, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 3 de julio de 2015, cuando ese servidor se desplazaba en el referido móvil por la Avenida Vespucio Norte, en la comuna de Las Condes, colisionó con un vehículo particular que ingresó a esa vía desde la caletera de la Avenida Presidente Kennedy sin respetar una señal PARE que enfrentó, lo que la Prefectura de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 149, de esa anualidad, determinó como causa del accidente, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local de la mencionada comuna. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 383, de 2015, de la Sección de Reparación y Mantención, ascendieron a la suma de $400.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Luis Alberto Campos Silva, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-5566; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General de la República Subrogante