Dictamen N° 192346/2022
N° E192346 Fecha: 09-III-2022 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba liquidación final del contrato “Reposición de pavimento y construcción 3ª pista ruta 5, Sector Alto Chiza - Cuya (Etapa 2), Tramo Dm. 1.948.225,00 al Dm. 1.965.854,60, comuna de Huara, provincia del Tamarugal, región de Tarapacá”, en atención a las siguientes observaciones: 1.- No fueron acompañados los siguientes antecedentes: a) El informe final y los informes mensuales que debieron entregarse por el contratista, en conformidad a los puntos 7.9.3 y 7.9.1, respectivamente, de las bases administrativas tipo aprobadas por la resolución N° 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas. b) Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil ante terceros y contra todo riesgo de construcción, ni sus endosos correspondientes. c) Copia de los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de los meses de noviembre de 2018, mayo de 2019, y enero de 2020. d) Certificación del inspector fiscal que acredite el estado de las multas técnicas. e) El Anexo Nº 2 del estado de pago Nº 14. f) El informe del valor pro forma Actualización de los Criterios Sísmicos de Diseño, de los tres puentes considerados en el proyecto, pagado en el estado de pago N° 13 g) El diseño de las mezclas asfálticas de las partidas 408-1a "Concreto Asfáltico de Rodadura con Polímero" y 408-2 "Concreto Asfáltico Capa Intermedia", conforme a los puntos 2 y 3 de las Especificaciones Técnicas Especiales para Camino. 2.- La boleta bancaria correspondiente al canje de retenciones efectuado en el estado de pago N° 15, no da cumplimento al plazo de vigencia establecido al respecto, si se tiene presente el aumento de plazo aprobado mediante la resolución exenta Nº 271, de 2020, de esa Dirección. 3.- El monto de aumento efectivo de las obras, consignado en la cláusula segunda del convenio modificatorio adreferéndum Nº 2 -aprobado mediante la resolución antes aludida-, es erróneo. Saluda atentamente a Ud., OSVALDO GUNTHER VARGAS ZINCKE Contralor General (S)