Dictamen CGR

Dictamen N° 192566/2025

2025-11-12 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 33, de 2025, de la Dirección de Obras Hidráulicas

N° E192566 Fecha: 12-11-2025 Esta Contraloría General no ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba la liquidación final del contrato “Construcción Obras Complementarias Embalse Chironta – Región de Arica y Parinacota“, por cuanto esta última no incluye los reajustes pagados, los que tampoco se sancionan. Por otra parte, no se acompañan los siguientes documentos: anotaciones en el libro de obras que respalden la multa por incumplimiento de instrucciones del inspector fiscal aplicada en el estado de pago N° 1; estado de pago N° 10, mencionado en el punto N° 3 del acta de liquidación; copia de la póliza de seguro contra todo riesgo de construcción, que debió presentar el contratista; y, comprobante de pago de la multa por retraso en la entrega de las obras, a que se refiere el oficio N° 11, de 2024, del inspector fiscal. Enseguida, cabe observar que del anexo N° 1 del estado de pago N° 2, se advierte que las partidas 3.7.6 “Hormigón G-25“; 3.7.7 “Acero para armaduras A63-42H“; 3.7.8 “Tapas de Cámaras“; 3.7.9 "Escalines, 7.3.2 Codo 1/8 Fe Fddo 2" y 7.3.3 "Codo 1/4 Fe Fddo 2" presentan avances físicos menores que el relativo al estado de pago anterior, lo que debe ser aclarado. Igual situación se constata respecto del anexo N° 1 del estado de pago N° 6, en relación con las partidas 3.9.3 “Válvula de corta B-B Fe Fdo 200 mm.“ y 3.12.1 “Terminal Brida Fe Fdo 200 mm. con kit flang con Stub End Flange“. A su vez, para la determinación de los reajustes relativos al estado de pago N° 8, de 23 de agosto de 2024, se consideró el IPC del mes de junio de ese año, y no el de julio de la misma anualidad, según se observa en el anexo N° 2 de dicho estado de pago. Por lo anterior, se deberá remitir una tabla comparativa de los reajustes definitivos y pagados, con las adecuaciones que procedan, y, en su caso, acreditar el pago o restitución de las diferencias que resulten. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Carlos Cifuentes Vargas Subcontralor General (S)