Dictamen N° 1940/2009
N° 1.940 Fecha: 14-I-2009 La Contraloría General ha dado curso a Resolución N° 779, de 2008, de la Dirección de Vialidad, que aprueba las bases administrativas y demás antecedentes del concurso para la licitación pública del estudio que indica, en el entendido de que el plan de manejo cuya realización se ordena en el párrafo titulado "Medio Biótico", en la fase 2 del anexo N° 10 "Evaluación ambiental y territorial", deberá ser realizado por el ingeniero forestal o por cualquiera de los profesionales solicitados en el punto 7 de las bases para el cargo de Coordinador Ambiental. Asimismo, este Organismo Fiscalizador entiende que los pliegos que se adjuntan y que se titulan "Estudio de Ingeniería Reposición Rutas S-61 y S-95-R Melipeuco - Icalma -Liucura, Sector Melipeuco - Icalma, Región de la Araucanía." corresponden a los enunciados en el acto como los pertenecientes al "Estudio de Ingeniería Mejoramiento Rutas S-61 y S-95-R Melipeuco -Icalma- Liucura, Sector Melipeuco - Icalma, Región de la Araucanía".