Dictamen N° 19803/2018
N° 19.803 Fecha: 07-VIII-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Verónica Venegas Villarroel, funcionaria de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, para consultar si su diploma de Traductor e Intérprete de Contacto Bilingüe Inglés-Español, conferido por el Centro de Formación Técnica Instituto Técnico de Educación Superior, en el año 1990, es útil para percibir la asignación profesional. Sobre el particular, es menester recordar que el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, establece que para recibir el aludido beneficio se debe acreditar, entre otros requisitos, un título profesional otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de un mínimo de 6 semestres académicos y 3.200 horas de clases y desempeñar una jornada de 44 horas semanales. Puntualizado lo anterior, se debe manifestar, acorde con lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 31, de la ley N° 18.962 -vigente a la época en que se otorgó el título de que se trata-, señalaba que los centros de formación técnica solo pueden otorgar títulos de técnico de nivel superior. En consecuencia, cabe concluir que el diploma de Traductor e Intérprete de Contacto Bilingüe Inglés-Español, otorgado por el Centro de Formación Técnica Instituto Técnico de Educación Superior reviste el carácter de título de técnico de nivel superior, y, por ende, no habilita para percibir la asignación profesional. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Diego Cartes Saavedra Jefe de Departamento Subrogante Departamento de Previsión Social y Personal