Dictamen CGR

Dictamen N° 19920/2013

2013-04-03 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir pronunciamiento por la razones que expresa, y remite presentación que indica

N° 19.920 Fecha: 03-IV-2013 Se ha dirigido a esta Sede de Control el señor Ignacio Aracena García, quien junto con solicitar que se cumpla con el estado de derecho, en relación a su persona y su familia, adjunta un oficio de la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo (SEREMI), mediante el cual dicha repartición pública solicita informe a la Municipalidad de Quinta Normal al tenor de una presentación del mismo ocurrente, referida al funcionamiento irregular de las fábricas que indica, en esa comuna. Sobre el particular, cabe hacer presente que de conformidad con las disposiciones de la ley N° 10.336, Orgánica de esta Contraloría General, con las instrucciones impartidas por el oficio N° 24.841, de 1974, y de acuerdo con la jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 21.590, de 2001 y 16.686, de 2008, a ésta sólo le corresponde conocer y pronunciarse respecto de presentaciones deducidas por particulares en caso de que ellas se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria o dilatado una decisión por parte de la autoridad administrativa, habiéndola solicitado el interesado, circunstancias que deben ser acreditadas. En ese contexto, considerando que la presentación de que se trata no se encuentra en ninguna de las situaciones antedichas, y, que, por lo demás, según los antecedentes tenidos a la vista la reclamación del peticionario ante la SEREMI se encontraría pendiente, este Órgano de Fiscalización debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre el particular. Sin desmedro de lo expresado, y atendido lo previsto en el artículo 14 de la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, cumple con remitir la aludida presentación a esa SEREMI, a fin de que proceda a dar una respuesta sobre el asunto al recurrente, informando de dicha circunstancia a esta Entidad de Control. Por Orden del Contralor General Osvaldo Vargas Zincke División de Infraestructura y Regulación

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