Dictamen N° 20026/2015
N° 20.026 Fecha: 13-III-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueban bases y anexos para la contratación del servicio de vigilancia y seguridad, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que dentro de la etapa de aclaración de las bases, la entidad licitante deberá precisar, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, lo siguiente: 1. Que para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el N° 4 del artículo 24 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, la hora cierta de la apertura de las ofertas será la indicada en la fila correspondiente del “Calendario de Licitación”, contenido en el Anexo N° 2 del acto en estudio. 2. Que en atención a que el N° 7.1 del pliego del certamen establece que la evaluación de las ofertas se realizará en dos fases y “dentro del término máximo de 15 días corridos contados desde el cierre”, se deberá precisar el lapso dentro del cual tiene que efectuarse la “fase evaluación aspectos administrativos y técnicos de las ofertas”, a que se refiere el calendario ya aludido. 3. Con qué puntaje serán evaluados los proponentes que tengan una experiencia de cuatro años, de acuerdo a lo regulado en la letra a) del N° 7.4.2 de las bases administrativas, así como el que será asignado a los oferentes que tengan tres contratos, de conformidad con lo prescrito en la letra b) del punto ya referido. 4. Que la facultad de poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el N° 9.3 del pliego de condiciones, corresponde sólo a la entidad licitante, la que en todo caso deberá proceder de conformidad con lo establecido en los artículos 13 de la ley N° 19.886 y 77 del decreto N° 250, ya mencionado. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República