Dictamen N° 20038/2015
N° 20.038 Fecha: 13-III-2015 La Contraloría General ha debido abstenerse nuevamente de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba el acta de recepción provisional y autoriza la devolución de las retenciones y de la garantía adicional del contrato “Mejoramiento Ruta R-42, Sector Purén-Lumaco, Tramo Dm. 1.800,00 – Dm. 9.320,00, Comuna de Purén, Provincia de Malleco, Región de La Araucanía” -representado previamente a través del oficio N° 38.303, de 2014, de este origen-, atendido que para la procedencia de esa medida es menester que no existan saldos pendientes en contra del contratista, conforme a lo dispuesto en el artículo 169 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, requisito que no se ha cumplido en la especie, de acuerdo al oficio N° 1.886, de 2015, de esa Dirección. A lo anterior, cabe agregar que se deberá proceder a la brevedad, a practicar la liquidación final del contrato, atendido el tiempo transcurrido desde la recepción definitiva de la obra. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación