Dictamen N° 20041/2017
N° 20.041 Fecha: 01-VI-2017 Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto supremo del epígrafe, que Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Valdivia, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, en cuanto a la confección del correspondiente expediente electrónico, se advierte la inobservancia de algunos aspectos procedimentales del mismo, por ejemplo, los comités operativos comenzaron a sesionar con anterioridad a su creación mediante la correspondiente resolución, lo que revela la existencia de desorden administrativo, situación que esa autoridad deberá tener presente en el futuro. Luego, se observa que en el visto del acto administrativo en cuestión se cita la resolución exenta N° 839, de 2005, sin indicación de su origen, desprendiéndose que fue dictada por el Ministerio del Medio Ambiente, y se hace presente que el decreto N° 20, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece la norma de calidad primaria que indica, fue promulgado el 3 de junio de 2013 y no en la fecha que se señala en los considerandos del acto en trámite. A su vez, en el gráfico correspondiente a la figura 8 del artículo 2°, no se distinguen claramente los colores con los que se representan los diversos elementos que componen los beneficios y costos asociados a la implementación del plan, lo que se deberá tener en consideración en lo sucesivo. Finalmente, cumple con hacer presente que el Ministerio del Medio Ambiente deberá mantener en su sitio electrónico a disposición permanente del público, el contenido de las normas chilenas a las que se hace referencia en el plan en comento, en virtud del principio de publicidad consagrado en el artículo 8° de la Constitución Política de la República. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República