Dictamen CGR

Dictamen N° 20292/2015

2015-03-16 · Obras públicas y concesiones · general · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 304, de 2015, de Gendarmería de Chile

N° 20.292 Fecha: 16-III-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución de la suma, mediante la cual se aprueban las bases administrativas y técnicas para la contratación del servicio de aseo, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que dentro de la etapa de aclaración de las bases, la entidad licitante deberá precisar, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, lo siguiente: 1. Que las propuestas que se efectúen deberán tener una vigencia igual a la establecida en el artículo 3° del pliego de condiciones para la garantía de la seriedad de la oferta, lo que se ha omitido regular. 2. Con qué puntaje serán evaluados los proponentes que acrediten una trayectoria laboral de tres años, lo que no se ha previsto en la tabla de la letra b) del artículo 9° de las bases del certamen. 3. Que la facultad a que alude el artículo 29 del pliego de condiciones, mediante la cual Gendarmería de Chile puede readjudicar el proceso licitatorio de la especie a la oferta que “hubiere ocupado el segundo lugar en la calificación y así sucesivamente”, se ve limitada hasta la tercera mejor propuesta, en virtud de lo previsto en el artículo 18 del mismo instrumento. Finalmente, se hace presente que de conformidad con lo previsto en la parte final del inciso primero del artículo 4° de la ley N° 19.886, modificado por el artículo 401 de la ley N° 20.720, no podrán participar en este proceso los oferentes que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, lo que se ha omitido anotar en las letras e) del acápite correspondiente a las personas jurídicas, y d) del que regula a las personas naturales, ambos previstos en el artículo 27 del pliego en análisis, así como en su formulario N° 1. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante