Dictamen N° 20663/2009
N° 20.663 Fecha: 21-IV-2009 La Contraloría General se ha abstenido de ejercer el control preventivo de legalidad de la resolución N° 38, de 2009, de la Dirección de Obras Hidráulicas, que aprueba antecedentes y acepta la oferta presentada por la empresa que indica para la "Asesoría Técnica y Administrativa a la Inspección Fiscal para el Contrato CO-HRV-01 Construcción Canal Colector de Aguas Lluvias Hondonada - Río Viejo, Km. 0,000 al Km. 1,260 y Km. 3,033 al Km. 3,387, Comunas de Cerro Navia y Pudahuel, Región Metropolitana", por cuanto atendido el monto de la contratación que se sanciona, dicha resolución se encuentra exenta del trámite de toma de razón, acorde con el punto 9.2.2, inciso segundo, del artículo 9° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo de Fiscalización, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Por consiguiente, se remite adjunto el acto administrativo, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la referida resolución N° 1.600.