Dictamen CGR

Dictamen N° 2120/2009

2009-01-15 · Toma de razón y control de legalidad · general · Vigente
Sumario. A contar del 24/11/2008, fecha de entrada en vigencia de la resolución 1600/2008 Contraloría, el reemplazo de garantías en los contratos de obras públicas, se encuentra exenta del trámite de toma de razón. Así, por cambio de legislación se reconsidera alcance contenido en dictamen 41529/2008

N° 2.120 Fecha: 15-I-2009 El SERVIU Metropolitano ha solicitado la reconsideración del oficio N° 41.529, de 2008, de esta Entidad de Fiscalización, mediante el cual se cursó con alcance la resolución N° 794, de 2008, de esa repartición -que autorizó la devolución de una boleta de garantía otorgada por concepto de anticipo-, señalándose que, en lo sucesivo, esa repartición debía sancionar por acto administrativo formal sujeto a trámite de toma de razón el reemplazo de las garantías, según lo previsto en el artículo 2°, N° 19, de la resolución N° 520, de 1992, de esta Contraloría General, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución N° 55, de 1992, sobre exención del trámite de toma de razón. Sobre el particular, es necesario hacer presente que con fecha 30 de octubre de 2008, esta Contraloría General dictó la resolución N° 1.600, cuyo texto fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón, publicada en el Diario Oficial de 6 de noviembre del mismo año, la cual, en virtud de su artículo 22, entró en vigencia el 24 de noviembre de 2008, acto mediante el cual se dejaron sin efecto las mencionadas resoluciones N°s 55 y 520. En este contexto, y atendido que de acuerdo a la referida resolución N° 1.600, el reemplazo de garantías, en los contratos de obra pública, es una materia que se encuentra exenta del trámite de toma de razón, la situación a que alude el alcance debe entenderse superada, por lo que esta Entidad de Fiscalización se abstiene de emitir el pronunciamiento requerido.