Dictamen N° 21251/2017
N° 21.251 Fecha: 12-VI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Gabriel Albanez Pereira, exfuncionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para solicitar la devolución de las cotizaciones enteradas en el fondo de desahucio. Requerido su informe, la aludida institución policial manifestó, en síntesis, que el peticionario no puede recuperar las aludidas cotizaciones, por haber prescrito su derecho a ello. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 133 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, establece en su segunda disposición que no tendrá derecho al pago de la indemnización de desahucio y sólo a la devolución, sin intereses, de las imposiciones correspondientes, el personal que por cualquier causa deje de pertenecer a esa entidad sin tener derecho a pensión de retiro. Agregando, la tercera disposición que el derecho para impetrar la referida restitución, cuando proceda, prescribirá en el plazo de tres años, contado desde el retiro o fallecimiento. Ahora, dado que el señor Albanez Pereira se encuentra en retiro por aceptación de su renuncia voluntaria a contar del 11 de diciembre de 2013, no procede la restitución de los aportes integrados que aquel pretende, por cuanto ya transcurrió el plazo en comento, sin que de los antecedentes acompañados conste que lo haya solicitado oportunamente. Transcríbase a la Policía de Investigaciones de Chile. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal