Dictamen N° 21320/2014
N° 21.320 Fecha: 25-III-2014 Esta Entidad de Control se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución N° 26, de 2014, de la Corporación de Fomento de la Producción, que ordena la transferencia que indica al Banco Internacional, por cuanto dicho instrumento se encuentra exento del trámite de toma de razón, de conformidad a lo dispuesto en el N° 8.5 del artículo 8° de la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General, dado que el monto a que se refiere no supera las 5.000 unidades tributarias mensuales. Por consiguiente, se remite adjunto el mencionado documento, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el título VI de la precitada resolución N° 1.600. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República