Dictamen N° 21377/2013
N° 21.377 Fecha: 09-IV-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 14, de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, mediante el cual se aprueba el convenio de desempeño suscrito entre esa Cartera de Estado y la Corporación de Fomento de la Producción por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que no obstante haberse omitido estipular el plazo en que el aludido Ministerio se pronunciará sobre el contenido de los informes mensuales financieros y técnicos que esa Corporación le presente -regulados en la letra a) de la cláusula cuarta del señalado acuerdo de voluntades-, ese organismo deberá proceder a su revisión con la debida diligencia y oportunidad, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que impone a sus órganos el deber de actuar por iniciativa propia en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de sus trámites. Asimismo, cabe precisar que la utilización de recursos para gastos de operación, a que se refiere el párrafo final del citado literal, debe enmarcarse en la autorización que confiere la glosa 04 de la asignación 24-02-024 "Innovación Empresarial-Codo" del presupuesto del Programa Fondo de Innovación para la Competitividad de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, que los limita a la suma de $460.992.000 y los destina a bienes y servicios de consumo para realizar estudios, acciones de difusión y otros. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo examinado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República