Dictamen CGR

Dictamen N° 21434/2014

2014-03-25 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Corresponde a la Comisión de Sanidad de la Fuerza Aérea pronunciarse sobre el estado de salud de los alumnos de sus escuelas

N° 21.434 Fecha : 25-III-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Ingrid Velásquez Malonneck, para reclamar en contra de la decisión adoptada por la Fuerza Aérea de eliminar a su hijo de la Escuela de Especialidades, por haber declarado su Comisión de Sanidad que no tenía salud compatible para incorporarse a dicha entidad, lo que, en opinión de esta última, se conformaría con la normativa que regula la materia. Sobre el particular, cabe manifestar, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 234, inciso primero, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, que el examen físico y psíquico de los funcionarios, la determinación de su capacidad para continuar en el servicio o la clase de inutilidad que pudiera asistirles, será efectuado por la pertinente Comisión de Sanidad, potestad que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2°, inciso final, del mismo ordenamiento, también la puede ejercer respecto de los alumnos de sus escuelas, tal como se precisó en el dictamen N° 24.049, de 2010, de este origen, entre otros. Conforme con lo expresado, se advierte que el organismo competente para pronunciarse acerca del estado de salud de los educandos del mencionado establecimiento de enseñanza, es la aludida comisión, sin que a esta Contraloría General le corresponda revisar los antecedentes clínicos que sustentan el informe emitido por aquélla, dado su carácter especializado y técnico. Ahora bien, según lo indicado por esa entidad castrense, el referido cuerpo colegiado, a través de su resolución N° 262, de 13 de noviembre de 2013, y luego de someter a don Cristián Contreras Velásquez -hijo de la recurrente-, a una serie de exámenes médicos, determinó que la capacidad física de aquél no le permite ingresar al servicio, dado que padece de afecciones incompatibles con la vida militar. En consecuencia, cabe concluir que el procedimiento en virtud del cual el señor Cristián Contreras Velásquez fue eliminado de la Escuela de Especialidades de la Fuerza Aérea, se ajustó a derecho. Transcríbase a la Fuerza Aérea y a la Contraloría Regional de La Araucanía. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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