Dictamen N° 21458/2013
N° 21.458 Fecha: 10-IV-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados a la camioneta fiscal Z-2215, conducida por su funcionario, señor Juan Eduardo Yáñez Moya, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 31 de mayo de 2012, ese servidor, en el contexto de un procedimiento policial, detuvo el referido móvil en calle Padre Alonso de Ovalle, próximo a la intersección con calle Zenteno, en la comuna de Santiago, lugar en el cual fue colisionado por una camioneta particular que realizó una maniobra indebida de adelantamiento por la derecha, lo que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 115, de 2012, estableció como causa del accidente, efectuándose la denuncia ante el Segundo Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna, el que archivó la respectiva causa. En este sentido, se debe indicar que el artículo 121, N° 1, de la ley N° 18.290, dispone que un vehículo puede sobrepasar a otro por la derecha, cuando el alcanzado esté efectuando un viraje a la izquierda, obligación que, como ya se expresó, no fue cumplida por el conductor particular. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 18, de 2013, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $450.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Juan Eduardo Yáñez Moya, por los daños causados al móvil fiscal Z-2215. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República