Dictamen CGR

Dictamen N° 21490/2013

2013-04-10 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Vigente
Sumario. Exfuncionario que cesó antes de la publicación del decreto con fuerza de ley que fijó la planta de personal del servicio de salud que indica, careció del derecho a ser encasillado

N° 21.490 Fecha: 10-IV-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor David Patiño Patiño, exfuncionario del Servicio de Salud Valdivia, para solicitar el pago de la diferencia de remuneraciones que, a su juicio, le correspondió percibir durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2008, producto del encasillamiento de personal realizado en ese organismo en dicha anualidad, requiriendo, por la misma razón, que el bono de retiro voluntario al que accedió tras su cese, sea reajustado de acuerdo a las rentas que reclama. Requerido su informe, la citada repartición manifestó, en síntesis, que el peticionario carece del derecho a los estipendios que pretende, pues no fue encasillado, ya que no formaba parte de su dotación a la fecha de la publicación del decreto con fuerza de ley que fijó su nueva planta. Sobre el particular, cabe recordar que el artículo tercero transitorio de la ley N° 20.209 ordenó el encasillamiento del personal de los servicios de salud, el cual debía efectuarse dentro del plazo de 180 días contado desde la publicación de el o los decretos con fuerza de ley que fijaran las nuevas plantas de dichas entidades respecto de los empleados en funciones a la fecha de publicación de los referidos cuerpos normativos. Conforme lo anterior, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el decreto con fuerza de ley N° 26, de 2008, del Ministerio de Salud, que fijó la planta del personal del Servicio de Salud Valdivia, fue publicado el 20 de noviembre de 2008, época en la que el señor Patiño Patiño ya no pertenecía a ese organismo, ya que renunció al mismo a contar del 22 de septiembre de esa anualidad. En consecuencia, en virtud de lo expuesto, resulta forzoso concluir que la decisión de esa institución, en orden a no incluir al peticionario en el mencionado encasillamiento ni enterarle el incremento de rentas que solicita, se ajustó a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República