Dictamen N° 21627/2011
N° 21.627 Fecha: 8-IV-2011 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 1404, de 2010, del Hospital Padre Alberto Hurtado, mediante el cual se aprueba el contrato de suministro continuo de gas licuado granel, suscrito con Gasco GLP S.A., por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que la boleta que garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del convenio corresponde a la número 988-4, del Banco de Chile, con vigencia hasta el 15 de marzo de 2016, y no a la que se indica en la cláusula octava de la convención. Por otra parte, cabe manifestar que conforme a lo dispuesto en la cláusula quinta del convenio que se acompaña, el monto del valor referencial total del contrato corresponde a la suma aproximada de $2.021.174.114, y no como erróneamente se indica en la resolución en examen. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República