Dictamen CGR

Dictamen N° 21690/2015

2015-03-19 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Recurrente no cumple con los requisitos para acceder al bono extraordinario establecido en la ley N° 20.134

N° 21.690 Fecha : 19-III-2015 La Contraloría Regional del Libertador General Bernardo O'Higgins ha remitido a esta Sede Central una presentación del señor Renato Galleguillos Maureira, quien reclama el otorgamiento del bono extraordinario establecido en la ley N° 20.134. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir un expediente, manifiesta que el recurrente no reúne las condiciones para recibir la prestación de que se trata. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 1° de la ley N° 20.134, concede un bono extraordinario a los extrabajadores del sector privado y de las empresas autónomas del Estado, que hubieren sido exonerados por motivos políticos, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, en la medida que fueran titulares de una pensión no contributiva, por gracia, de acuerdo a lo prescrito por el inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234. Al respecto, es dable recordar que el inciso segundo del artículo 5° de la aludida ley N° 20.134, modificado por la ley N° 20.403, dispone una fórmula de aumento del presupuesto destinado a financiar el beneficio en cuestión para hacer pago a aquellas personas que, entre otras exigencias, hubieren obtenido su pensión no contributiva por acto administrativo emitido con anterioridad al 1 de diciembre de 2009. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, consta que al señor Galleguillos Maureira se le concedió su jubilación mediante la resolución exenta N° 9.736, de 2012, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, esto es, con posterioridad a la data indicada, por lo que no resulta procedente conferirle el bono en examen. Transcríbase a la Contraloría Regional del Libertador General Bernardo O'Higgins y al Instituto de Previsión Social, haciéndole devolución del expediente acompañado. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General