Dictamen N° 21697/2012
N° 21.697 Fecha : 16-IV-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 33, de 2012, del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, mediante el cual se aprueba el convenio de prestación de servicios, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y Cenitrad Tratamiento de Adicciones E.I.R.L., “para la compra de meses de planes de tratamiento para adolescentes infractores de ley con consumo problemático de drogas y alcohol, para el año 2012”, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que la facultad para celebrar convenios con instituciones públicas o privadas, conforme a la cual se suscribió el de la especie, destinado a otorgar tratamiento y rehabilitación a personas afectadas por el consumo de drogas y alcohol, se encuentra expresamente consagrada en la letra j) del artículo 19 de la ley N° 20.502, que creó ese Servicio, aspecto que se ha omitido consignar en el considerando N° 2 de la resolución en examen y en la cláusula segunda del citado instrumento. Por otra parte, cabe precisar que el artículo quinto del acto administrativo que por este acto se aprueba, hace alusión a la Fundación Social Novo Milennio de Concepción, en circunstancias que la entidad que suscribe el contrato es la empresa individual indicada en el párrafo anterior. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República