Dictamen N° 21871/2016
N° 21.871 Fecha: 22-III-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a las resoluciones individualizadas en la suma, que autorizan acceso a los beneficios que se indica, por encontrarse ajustadas a derecho. No obstante, cabe hacer presente que en lo sucesivo, se deberán inutilizar con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco del instrumento que se remite a control previo de juridicidad, lo que no ocurrió en la especie, tal como se ha manifestado en los dictámenes N°s 77.287, de 2013 y 65.301, de 2015, entre otros, de esta Contraloría General. Con el alcance que antecede, se ha dado curso a los documentos individualizados en el epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República