Dictamen N° 219111/2025
N° E219111 Fecha: 22-12-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que declara la caducidad de la concesión de acuicultura otorgada por la resolución que detalla, pero cumple con hacer presente que, respecto de la descarga de la patente única de acuicultura prevista en su resuelvo 4º, para los períodos comprendidos entre los “años 2013 al 2023”, debe entenderse excluida la correspondiente al año 2016, por cuanto esta ya consta como descargada de los antecedentes tenidos a la vista. Asimismo, cabe anotar que la referencia al considerando contenida en el resuelvo 7º se entiende efectuada a su considerando 8º, y no al que allí se menciona. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud . Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General