Dictamen CGR

Dictamen N° 21961/2010

2010-04-27 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil de funcionario de Carabineros de Chile

N° 21.961 Fecha: 27-IV-2010 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al vehículo fiscal Z-3553, de cargo de la 3 a Comisaría Santiago Central, conducido por el Carabinero señor Hansel Andrés Zapata Urrutia, de dotación de la citada Unidad, a objeto de que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil del funcionario antes individualizado. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 14 de agosto de 2009, el aludido servidor, como conductor del referido móvil, lo dejó estacionado a un costado del edificio del Consejo de Defensa del Estado, con la finalidad de reforzar el punto fijo existente en ese lugar, siendo repentinamente atacado por un grupo de manifestantes que lanzaron objetos contundentes al automóvil policial, para posteriormente darse a la fuga en diferentes direcciones, produciéndole daños en la puerta corredera del costado derecho. Tal situación generó un perjuicio al patrimonio fiscal que, de acuerdo con el Certificado N° 230, de 2009, de la Sección de Reparación y Mantenimiento, adjunto a fojas 92 y siguientes, asciende a la suma de $985.000, siendo reparado y dado de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, entre otros, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero señor Hansel Andrés Zapata Urrutia, por los daños producidos al vehículo fiscal Z-3553. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República