Dictamen CGR

Dictamen N° 22135/2016

2016-03-22 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Representa al resolución N° 7, de 2016, del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, por cuanto no procede el sobreseimiento cuando la investigación se encuentra incompleta

N° 22.135 Fecha: 22-III-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón del documento del epígrafe, que sobresee el sumario administrativo instruido con motivo de lo señalado en el Informe de Seguimiento al Informe Final N° 10, de 2014, de este origen, sobre Auditoría en la Corporación Municipal de San José de Maipo, en lo relativo al cumplimiento de la cláusula sexta del convenio celebrado con el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, para el financiamiento del “Programa de atención domiciliaria a personas con discapacidad severa”, atendido que la investigación se encuentra incompleta. En efecto, del análisis de la carpeta investigativa se advierte que las declaraciones efectuadas sólo se refieren al proceso de entrega de beneficios, sin que lo señalado en ellas permita acreditar la existencia de los antecedentes de respaldo de la información contenida en las dos fichas de auditoría aludidas en el referido informe de seguimiento, lo que impide comprobar el cumplimiento del porcentaje de revisión requerido en la mencionada cláusula sexta, siendo dable agregar que del contenido de las referidas deposiciones no es posible determinar con certeza cómo se realizó el proceso de validación y revisión de las mismas. En mérito de lo expuesto, se representa el instrumento de la suma, y se devuelve con sus antecedentes, con el objeto que esa superioridad ordene la reapertura del proceso de la especie y disponga que se realicen las diligencias destinadas a determinar la responsabilidad funcionaria que se derive de las observaciones analizadas precedentemente, para lo cual deberá dictar el acto administrativo pertinente y remitir una copia a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de este Órgano de Control, dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del presente oficio. Transcríbase a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General