Dictamen N° 221505/2022
N° E221505 Fecha: 06-VI-2022 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del epígrafe, que aprueba liquidación final del contrato “Mejoramiento Ruta S-138, Sector Tranapuente – Límite Regional Norte, DM. 19.243,27 al 53.173,244, Comuna de Carahue, Provincia de Cautín, Región de La Araucanía”, en razón de las siguientes observaciones: 1. No se acompañaron los siguientes antecedentes: a) Los diferentes actos y resoluciones indicados en los vistos del acto que se sanciona, junto con sus anexos. b) Los anexos N os 1, 2 y 3 del acta de liquidación. c) La documentación correspondiente a los estados de pago del contrato, junto con sus anexos. d) Las garantías del contrato y sus modificaciones. e) Las resoluciones a través de las cuales se designó al Inspector Fiscal de la obra. f) Documentación de respaldo de las multas administrativas aplicadas. g) Los informes mensuales que debieron entregarse por el contratista, en conformidad al punto 7.9.1 de las bases administrativas tipo -aprobadas por resolución N° 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas- aplicables al contrato cuya liquidación se dispone. 2. Por otra parte, en relación a las multas técnicas: a) No se advierte el motivo por el cual el certificado del inspector fiscal, sin fecha, consigna una multa total de $289.280.227, mientras que la suma de las evaluaciones efectuadas remitidas en planilla Excel, alcanza a un monto diverso. b) No se remite la evaluación ni respaldo del resultado del ensayo de IRI para la partida 408-1 "Concreto Asfaltico de Rodadura”. c) Tampoco se adjuntan los certificados del Laboratorio Regional de Vialidad, que sustentan las multas por espesor y densidad de las partidas 408-1 "Concreto Asfaltico de Rodadura" y 408-2 "Concreto Asfaltico Capa Intermedia". Además, se deberá remitir el certificado de LRV N° 496, de 2018, de densidad Marshall de referencia. d) Por último, el archivo correspondiente al informe mensual N° 27 del Laboratorio de autocontrol se encuentra dañado. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República. JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División