Dictamen N° 22250/2009
N° 22.250 Fecha: 29-IV-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Víctor Muñoz Herrera, representante de la Villa Diego Portales de la comuna de Copiapó, reclamando de la falta de recursos humanos dispuestos tanto por la Tesorería General de la República como por el Banco del Estado de Chile, para la aplicación del decreto con fuerza de ley N° 39, de 2008, del Ministerio de Hacienda, que establece normas para otorgar beneficios a deudores de los créditos a que se refiere el inciso primero del artículo 1° de la ley N° 19.199, y a los deudores cuya cartera administra el Ministerio de Bienes Nacionales de acuerdo a la ley N° 19.229. Sobre la materia, cabe señalar que la distribución del personal de un servicio es una facultad otorgada a la autoridad en directa relación con los principios de continuidad y regularidad de la función administrativa en la satisfacción de las necesidades colectivas por los órganos que la integran, y de eficiencia e idónea administración de los medios públicos por los responsables de éstos, contemplados en los artículos 3° y 5° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Por consiguiente, es menester advertir que la gestión de las aludidas entidades, y más precisamente, la administración de su personal, es materia de competencia exclusiva de las correspondientes autoridades de la Administración Activa, sin que esta Entidad de Control tenga atribuciones en tales asuntos. En consecuencia, con el mérito de lo antes expuesto, cabe concluir que este órgano Fiscalizador carece de la facultad para revisar la situación antes indicada. Por otro lado, atendido que la materia sobre la que se consulta incide en actuaciones que la ley ha encomendado a los mencionados organismos, se remite la presentación en comento a la Tesorería General de la República y al Banco del Estado de Chile, para los fines pertinentes.