Dictamen N° 2231/2015
N° 2.231 Fecha : 12-I-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados al vehículo fiscal RP-3147, conducido por su funcionario, señor Vasco Ortiz Farías, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 30 de noviembre de 2011, ese servidor, junto a otro empleado, participaban en la persecución de un automóvil particular, con ocasión de lo cual, al llegar a la intersección de Calle 6 con Pasaje Vía 12, de la población Exequiel González Cortés, ubicada en la comuna de Ñuñoa, uno de los ocupantes de este último efectuó varios disparos, causando diversos daños en la carrocería del móvil policial. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 325, de 2013, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $780.853, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Vasco Ortiz Farías, por los daños ocasionados al vehículo fiscal RP - 3147. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República