Dictamen N° 22469/2012
N° 22.469 Fecha: 19-IV-2012 Se ha dirigido a esta Sede Central el alcalde de la Municipalidad de Villarrica, solicitando la reconsideración del oficio N° 3.512, de 2011, de la Contraloría Regional de La Araucanía, que resolvió la reconsideración presentada por aludido municipio en contra del pronunciamiento N° 5.051, de ese mismo año y origen, y que concluyó que no se ajustaba a derecho la destinación de los profesionales de la educación María Teresa Acuña Candia, José Antonio Carrasco Álvarez y Lucio Canales Paredes. Como cuestión previa, cabe señalar que mediante los citados oficios N°s. 3.512 y 5.051, ambos de 2011, la Oficina Regional determinó que no fue procedente la destinación de los referidos profesores atendido que, de acuerdo con el Plan de Desarrollo Educativo Municipal de Villarrica, se verificaba que los reclamantes pertenecían a la dotación docente del “Liceo Araucaria Bicentenario de Villarrica”, para el año 2011, con 30 horas cronológicas semanales cada uno, sin que se hayan contemplado en dicho instrumento de planificación sus traslados a otros establecimientos educacionales. Ahora bien, en lo que atañe a la actual solicitud, es dable indicar que esta no difiere de las presentaciones efectuadas con anterioridad por la entidad edilicia, a las que se diera respuesta mediante los citados oficios, ni aporta nuevos antecedentes que alteren el fondo de lo resuelto, por la Contraloría Regional de La Araucanía, por lo cual deben ratificarse dichos pronunciamientos. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, cumple con informar que atendido lo dispuesto por el decreto N° 316, de 2011, de la Municipalidad de Villarrica, que ordena dejar sin efecto las destinaciones de los interesados, en cumplimiento del referido oficio N° 5.051, de 2011, esta Contraloría General entiende que la situación de los docentes se encontraría solucionada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República