Dictamen CGR

Dictamen N° 22479/2012

2012-04-19 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Asignación de pérdida de caja sólo corresponde a funcionarios cuyas labores impliquen manejo de dinero en efectivo

N° 22.479 Fecha : 19-IV-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Viviana Amigo Pastén, funcionaria de la Dirección de Atención Primaria del Servicio de Salud Metropolitano Central, para solicitar un pronunciamiento que determine si le asiste el derecho para percibir la asignación por pérdida de caja desde el mes de enero de 2011, fecha en que cesó el pago del referido beneficio. Requerido su informe, la citada Dirección de Atención Primaria, manifestó que la interrupción del aludido estipendio se debió a que la interesada no ejerce, como función principal, el manejo de dinero. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 98, letra a), de la ley N° 18.834, dispone que los funcionarios tendrán derecho a percibir la asignación por pérdida de caja, en la medida que, en razón del cargo que desempeñen, tengan manejo de dinero efectivo como función principal. En este sentido, es útil manifestar que según lo ha precisado esta Entidad de Control en sus dictámenes N os 18.858, de 2000 y 29.056, de 2011, cumplen con el señalado requisito de manejo de dinero efectivo, los funcionarios que realicen operaciones que impliquen riesgo en el cálculo de las cantidades a su cargo, la que sólo se pagará mientras esos servidores desempeñen efectivamente dichas tareas. En consecuencia, atendido que de los antecedentes acompañados aparece que la peticionaria no tiene como función principal el manejo de dinero en efectivo, no le asiste el derecho a percibir el aludido beneficio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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