Dictamen N° 22529/2013
N° 22.529 Fecha: 15-IV-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-3448, conducido por su funcionario, señor Andros Guillermo Ávalos Durán, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen del expediente adjunto, aparece que el día 29 de septiembre de 2012, ese servidor, acompañado de otros empleados, concurrió en el referido móvil hasta un domicilio particular ubicado en calle Bajo Pedregal, en la ciudad de Arica, a verificar una denuncia por violencia intrafamiliar, lugar en el cual, y en el instante en que procedía a detener al supuesto agresor, una menor le lanzó una piedra al vehículo, resultando éste con daños en su carrocería. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 361, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $179.999, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Andros Guillermo Ávalos Durán, por los daños ocasionados en el automóvil policial RP-3448. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República