Dictamen N° 22562/2012
N° 22.562 Fecha: 19-IV-2012 Esta Contraloría General no ha dado curso a la resolución N° 77, de 2012, del Servicio de Registro Civil e Identificación, que promueve a las personas que se individualizan en la planta de Directivos de ese servicio, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, según aparece de la documentación acompañada, en las bases del concurso interno de promoción convocado para proveer los cargos de que se trata, se fijó como requisito de postulación pertenecer a la planta de Directivos, lo cual contraviene lo previsto en los artículos 53 de la ley N° 18.834 y 27 del decreto N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, disposiciones que establecen que para participar en un concurso de promoción interna los funcionarios deben encontrarse nombrados en los tres grados inferiores al de la vacante convocada, sea que se trate de postulantes de la misma planta o de una planta distinta. Como puede advertirse, en el certamen de la especie pueden participar no sólo los funcionarios de la planta de Directivos, sino también aquellos servidores que pertenecen a una planta diversa de la institución y que cumplan con las demás condiciones que exige la mencionada normativa, lo que, de acuerdo a lo anotado, no fue observado en la situación de que se trata. Además, es preciso manifestar que de los antecedentes tenidos a la vista no aparece que dicho certamen haya sido difundido al interior del servicio en los términos que preceptúa el inciso segundo del artículo 28 del citado decreto N° 69, de 2004, esto es, a través de circulares, oficios u otros, su correo electrónico, en la página web y en su red intranet. En virtud de lo expuesto, se representa el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República