Dictamen N° 22709/2011
N° 22.709 Fecha: 13-IV-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Fernando Mellado Vásquez, funcionario del Departamento de Salud Municipal de Lo Espejo, reclamando que atendido que posee el título técnico de nivel superior de Técnico en Control Industrial y, además, cumpliría labores técnicas de mantenimiento eléctrico, tendría derecho a ser incorporado a la dotación de salud comunal en la categoría c), del artículo 5° de la ley N° 19.378, sobre Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, en virtud del traspaso de personal ordenado por la ley N° 20.250. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo tercero transitorio de la ley N° 20.250, dispuso el traspaso, por una sola vez, a la dotación de la correspondiente entidad administradora de salud comunal del personal contratado que, al 1 de septiembre de 2007, desempeñaba funciones que, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 1°, les haga aplicable la ley N° 19.378. Al respecto, esta Entidad Fiscalizadora en los dictámenes N°s. 54.019 y 59.181, ambos de 2008, entre otros, ha precisado que el aludido traspaso de los funcionarios debe efectuarse según las labores que desempeñaban al 1 de septiembre de 2007, de conformidad a sus respectivos contratos de trabajo, lo que determinará la categoría funcionaria en que deban ser incorporados, por lo que en la eventualidad que se posea un nivel educacional superior al exigido para las funciones cumplidas, es preciso que la municipalidad pondere si el respectivo título versa sobre materias necesarias para ejercer tales tareas. Ahora bien, en la situación planteada, se advierte que el recurrente fue contratado por el municipio mediante el decreto N° 987, de 2006, a contar del 5 de julio de ese año, para cumplir labores en el Departamento de Salud Municipal como “Administrativo (Especializado)”, según se acordó en la cláusula primera del respectivo contrato de trabajo; a su vez, el jefe de esa unidad mediante memorándum N° 1, de 2009, dirigido a la jefa de recursos humanos, describe las tareas propias del cargo desempeñado por aquél, señalando, en síntesis, que es el “encargado de mantenimiento y realización de proyectos eléctricos”; y, por último, consta también que el mismo posee el título de Técnico en Control Industrial, diploma técnico de nivel superior -nivel educacional exigible para ser clasificado en la categoría c), correspondiente a los técnicos de nivel superior prevista en el artículo 5°, letra c), de la ley N° 19.378-, el que se encuentra vinculado con las tareas que ejecuta. Por consiguiente, esta Contraloría General cumple con concluir que resultó procedente que la Municipalidad de Lo Espejo materializara el traspaso del señor Mellado Vásquez desde el Código del Trabajo al régimen estatutario de la ley N° 19.378, clasificándolo en la categoría c) del artículo 5° de la ley N° 19.378, sobre Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, por lo que corresponde que la autoridad edilicia regularice su situación, a la brevedad. Reconsidera el oficio N° 71.269, de 2009, de esta Entidad Fiscalizadora, en lo concerniente a don Fernando Mellado Vásquez. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República