Dictamen N° 22765/2014
N° 22.765 Fecha: 01-IV-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Sonia López Calderón, solicitando un pronunciamiento que reconozca el derecho que le asistiría para obtener una pensión de montepío en el régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, atendida su calidad de hija adoptada de la causante, doña María Guillermina Valdivia González, ex Suboficial de la Armada. Requerida al efecto, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas manifiesta que a la interesada no le corresponde percibir la jubilación requerida, por no cumplir con los requisitos legales exigidos, ya que de la información recabada consta que es hija de la señora Sabina Raquel Germana Calderón González, por lo que su adopción sería simple y regulada por la ley N° 7.613, sin que conste, por ende, que tenga la calidad de hija de la causante. Sobre el particular, cabe consignar que el artículo 88 bis de la ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, dispone, en lo pertinente, que les corresponde el montepío, en segundo grado, a los hijos legítimos y naturales, debiendo entenderse actualmente referido a los matrimoniales y no matrimoniales. Es así como, de los antecedentes tenidos a la vista, particularmente del certificado de nacimiento acompañado por la recurrente, aparece que la adopción que se analiza, subinscrita en el año 1979, data en la que resultaba aplicable la referida ley N° 7.163, no ha constituido un cambio en su estado civil, manteniendo el vínculo con su familia de origen y, por ende, conservando sus derechos y obligaciones, criterio sostenido, entre otros, en el dictamen N° 45.460, de 2010, de esta procedencia. Por lo tanto, cabe concluir que a la peticionaria no le asiste el derecho a obtener la prestación reclamada. Transcríbase a la Contraloría Regional de Valparaíso y a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, devolviéndole el expediente acompañado. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante