Dictamen CGR

Dictamen N° 22775/2014

2014-04-01 · Salud pública y personal de salud · general · Vigente
Sumario. Acceso al bono de la ley N° 20.612, depende de los cupos disponibles, los que deben ser asignados según los criterios establecidos por dicha normativa

N° 22.775 Fecha: 01-IV-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Inés Vega Artal, exfuncionaria del Hospital San Juan de Dios, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, para que se determine si tiene derecho al bono de la ley N° 20.612, ya que, a pesar de haberlo pedido en dos oportunidades, no ha accedido a esa prestación. Requerido su informe, el mencionado establecimiento de salud manifiesta que la recurrente se encuentra en condiciones de postular a la bonificación en cuestión, sin embargo, en las dos ocasiones en que lo solicitó, no resultó entre las personas seleccionadas, conforme a los criterios de asignación fijados en la normativa. Sobre el particular, cabe expresar que el artículo 1° de la ley N° 20.612 estipula que pueden percibir el bono en cuestión, los empleados del sector salud que ahí se indican, con un total de 7.700 beneficiarios, de acuerdo con los cupos anuales que se especifican. Agrega el mismo precepto, que de existir en un año más interesados que cupos, éstos deberán repartirse proporcionalmente entre hombres y mujeres, privilegiándose a los de más edad y menor renta. Luego, en caso de empate, se discernirá según el tiempo de servicio, y si persiste la igualdad, resolverá el Subsecretario de Redes Asistenciales, tomando en cuenta las calificaciones de los dos periodos anteriores al de la solicitud. En consecuencia, la señora Vega Artal no ha accedido al beneficio en examen, ya que en los distintos periodos que ha postulado a éste, han existido más interesados que cupos disponibles, no resultando seleccionada a la fecha, por no cumplir con los criterios de asignación que para ello ha determinado la citada normativa. Transcríbase al Hospital San Juan de Dios. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante