Dictamen N° 22784/2019
N° 22.784 Fecha: 30-VIII-2019 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba la liquidación del contrato denominado “Conservación Periódica por obras de emergencia en rutas cruce ruta 70 (Av. A. Vespucio)-San José de Maipo-Baños Morales rol G-25, km 36,40 al 75,00 y cruce G-25; cruce G-25-Las Melosas rol G-465, kms 0,2 al 8,0 y cruce G-25 (Romeral)- Embalse El Yeso-Mina de Yeso rol G-455 km 5,0 al km 30,30; comuna de San José de Maipo, provincia de Cordillera, región Metropolitana”, por cuanto no se advierte el sentido y alcance de lo indicado en el considerando N° 5 del acto en examen, en relación a la modificación N° 1 del contrato, en tanto tendría origen, según lo allí consignado, en “los diferentes frentes de mal tiempo del período invernal de 2017 y, además, tampoco es posible apreciar el fundamento fáctico por el que se agrega que tal modificación no es de cargo de la empresa contratista si se tiene presente como indica el mismo considerando “lo dispuesto en los arts. 134 y 150 del D.S. MOP N° 75/2004”. Al efecto, cabe añadir que tanto en la justificación del acta N° 1/270640, como en la Minuta técnica explicativa -ambos documentos citados en la cláusula segunda del convenio modificatorio aprobado mediante la resolución exenta N° 554, de 31 de enero de 2018, de la Dirección de Vialidad-, se alude a que la modificación dice relación con “daños” producidos por los diferentes “frentes de mal tiempo del período de invierno de 2017”, y que además, “se consideran las obras ejecutadas a la fecha por la DOH MOP hasta el sector de San Gabriel”, sin acompañar mayores antecedentes al efecto. Por último, no se acompañan los oficios Nos 1.412 -de 25 de marzo de 2018- y 2.201 -de 10 de mayo de igual anualidad-, ambos de la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas, citados en la documentación tenida a la vista. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División