Dictamen CGR

Dictamen N° 22979/2019

2019-09-03 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 80, de 2019, de la Dirección General de Obras Públicas
Aplicado por
Dictamen N° 181646/2025
Aplica dictamen

N° 22.979 Fecha: 03-IX-2019 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que deja sin efecto la resolución que indica - representada mediante el oficio N° 8.340, de 2019, de este origen- y aprueba liquidación final del contrato “Mejoramiento Ruta F-50, sector Lo Orozco – Quilpué, etapa III, Tramo DM. 0.295,73 al DM. 11.900,00 provincia de Valparaíso, Región de Valparaíso”, por cuanto no se han subsanado la totalidad de observaciones formuladas a través del referido oficio mediante los antecedentes que se acompañan en esta oportunidad. Ello, toda vez que, los certificados de ensaye N°s 350/16, 351/16 y 8/17 -emitidos por el laboratorio regional de Vialidad de Valparaíso- no informan los ensayos de los áridos de partículas lajeadas, desgaste Los Ángeles, desintegración por sulfato ni adherencia Riedel-Weber para los áridos, respecto de las operaciones 408-1 -Concreto Asfáltico de Rodadura-, 408-2 -Concreto Asfáltico Capa Intermedia- y 408-3 -Base Asfáltica en Caliente de Graduación Gruesa-. A su turno, el certificado N° 241/35-A, no da cuenta acerca de los controles de las partículas lajeadas, desintegración de sulfato y del índice de plasticidad, para la operación 408-1a -Mezcla Tibia de Concreto Asfáltico de Rodadura con Polímero-. Por su parte, en los certificados Nos 242 y 243 no se informan los controles del sulfato de sodio y del índice de plasticidad respecto de las operaciones 5.408.2a -Materiales, del Manual de Carreteras, emanado del punto 2 Materiales-; 408-2a -Mezcla Tibia de Concreto Asfáltico Capa Intermedia con Polímero- y 408-3a -Mezcla Tibia de Base Asfáltica en Caliente de Graduación Gruesa con Polímero-. Por último, en general, no se advierte el cumplimiento de los requisitos exigidos para el cemento asfáltico CA 24, respecto a su grado de viscosidad, conforme a lo indicado en el punto 8.301.1 -Asfalto: Especificaciones para Cementos Asfálticos Según Grado de Viscosidad-, del volumen octavo del Manual de Carreteras; para el cemento CA 60-80, Cemento Asfáltico Modificado con Polímero, conforme a lo señalado en la tabla 5.408.202A, del punto 5.408.202, del referido Manual; ni para los ensayos de recuperación elástica por torsión 25°C y del punto de ablandamiento. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División

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