Dictamen N° 22993/2020
N° E22993 Fecha: 29-VII-2020 La Contraloría General de la República ha procedido a dar curso a la resolución del epígrafe, que ordena devolver a Exportadora Gold Anda Chile SPA. la suma que indica, por concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA) Exportador, del periodo de marzo de 2020, por encontrarse ajustada a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, cabe precisar que la asignación “Devoluciones de IVA” que financia la restitución de la especie corresponde a la 50-01-01-01-09-103, del Programa de Ingresos Generales de la Nación, incluido en la Partida 50 Tesoro Público, de la ley N° 21.192, de Presupuestos del Sector Público para el año 2020, y no como se indica en la parte resolutiva del acto. Finalmente, se hace presente que dicha cantidad deberá restituirse debidamente reajustada conforme a lo previsto en el artículo 57 del Código Tributario. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento del rubro. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República María Soledad Frindt Rada Jefa de División