Dictamen CGR

Dictamen N° 23091/2012

2012-04-20 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir pronunciamiento por haberse dictado sentencia judicial en el asunto
Aplicado por
Dictamen N° 9120/2013
Aplica dictámenes

N° 23.091 Fecha:20-IV-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Marcelo Hernán Villarroel Pindal, ex funcionario del Ejército, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad de la sanción disciplinaria de 20 días de arresto, que se le impusiera y de la calificación en Lista N° 4, Deficiente, correspondiente al año 2011, lo que significó su eliminación de ese servicio. Requerido su informe, el mencionado organismo ha manifestado, en síntesis, que el interesado, en cuanto a los asuntos que le afectan, presentó un recurso de protección ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Temuco. Al respecto, cumple con señalar que esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero de su ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de este Ente Contralor, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurrió en la especie, puesto que sobre la materia se presentó un recurso de protección ante esa Iltma. Corte de Apelaciones de Temuco, ingreso corte N° 178, de 2011, la que con fecha 7 de octubre de 2011, dictó sentencia definitiva. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República