Dictamen CGR

Dictamen N° 2316/2016

2016-01-12 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre oficio N° 14.883, de 2015, de la Cámara de Diputados

N° 2.316 Fecha: 12-I-2016 Mediante el documento del rubro, el Secretario General de la Cámara de Diputados, a petición del Diputado Osvaldo Urrutia Soto, solicita que esta Contraloría General inicie el procedimiento administrativo contemplado en el artículo 10° de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, en atención a que el Director Regional del Instituto Nacional de la Juventud de Valparaíso no habría remitido la información que, acorde con el artículo 9° de dicha ley, se le había requerido a través del oficio N° 13.077, de 8 de octubre de 2015. Sobre el particular, y tal como se informara mediante el oficio N° 101.548, de 28 de diciembre de 2015, de este origen, frente a idéntico requerimiento formulado por el parlamentario antes individualizado, cuya fotocopia se remite adjunta, esta Contraloría General se encuentra impedida de iniciar el aludido procedimiento por cuanto, de conformidad con el citado artículo 10°, y tal como se ha concluido en los dictámenes N°s. 36.008, de 2003; 48.271, de 2007 y 39.717, de 2008; entre otros, este es aplicable a los jefes superiores de organismos de la Administración del Estado, calidad que no inviste el Director Regional del Instituto Nacional de la Juventud de Valparaíso. Transcríbase a la Jefa de Gabinete del Contralor General. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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